POR UNA PACANÁ TRANSPARENTE

sábado, 10 de septiembre de 2011

ESTUDIOS PREVIOS

LICITACIÓN PÚBLICA - N° 4234324/2011
EL MUNICIPIO DE PACANA
ESTUDIOS PREVIOS




NOMBRE DEL PROYECTO
DISEÑO, PLANEACIÓN, CONVOCATORIA, DESARROLLO Y CIERRE DE LA CAPACITACIÓN EN ACTUALIZACIÓN NORMATIVA DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL EN COLOMBIA

ENTIDAD


ALCALDIA DE PACANA

DEPENDENCIA QUE PROYECTA


SECRETARIA DE EDUCACIÓN


DEPENDENCIA A LA QUE SE DIRIGE


ASESORÍA DE PLANEACIÓN- SECRETARIA DE CONTRATACION, LICITACIONES Y SUMINISTROS.


FECHA






1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE EL MUNICIPIO PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN

El desarrollo de la materia de Contratación Estatal motiva el talento humano, fortaleciendo la capacidad intelectual y posible desempeño laboral en el ámbito del derecho público, en consecuencia se requiere profundizar en los aspectos de actualidad normativa en lo que corresponde a la materia con el fin de que los estudiantes se mantengan a la vanguardia de la legislación y eventualmente puedan prestar un mejor servicio a la comunidad.


2. DESCRIPCIÓN DE LA OPORTUNIDAD QUE EL MUNICIPIO PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN

En vista de que es una actividad académica y pedagógica, y su desarrollo requiere un tiempo máximo de 3 horas ésta no generará mayores costos. Sin embargo, se estima un tope máximo de Cien mil pesos ($100.000) M/cte. 




3. DESCRIPCIÓN DE LA CONVENIENCIA QUE EL MUNICIPIO PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN

Dentro del calendario académico es posible llevar a cabo la capacitación en Actualización Normativa de la Contratación Estatal en Colombia toda vez que es una materia que se encuentra en auge por ser este tema de interés nacional.

Por lo anteriormente expuesto se estima necesario, oportuno y conveniente contratar el servicio para la capacitación en mención.

4. OBJETO A CONTRATAR

Diseño, planeación, convocatoria, desarrollo y cierre de la Capacitación en Actualización Normativa de la Contratación Estatal en Colombia.

5. ANÁLISIS DE RIESGOS

Soporte que permite la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico de contrato

De acuerdo con lo señalado en el artículo 4 de la ley 1150 de 2007, en la etapa de publicación, en los estudios previos y en el pliego de condiciones, los interesados deberán pronunciarse sobre la estimación, tipificación y asignación de riesgos previsibles con el fin de ser revisados y establecer su distribución definitiva, en la respectiva audiencia pública prevista para el evento. La Administración Municipal estima el riesgo derivado de la presente contratación y su respectiva calificación de la siguiente manera:

6.1. MATRIZ DE CALIFICACION DE RIESGOS


TIPIFICACIÓN


ASIGNACIÓN



CONTRATANTE (%) CONTRATISTA (%)
Estimación inadecuada de los costos
0
100
Financiamiento del Contrato
0
100
Variaciones en el costo del objeto a contratar

0

100
Insuficiencia de personal calificado para el desarrollo del objeto del contrato

0

100

Accidentes de trabajo


0

100
Daños a terceros
0
100
Obtención de seguros u otras garantías
0
100
Ausencia de disponibilidad presupuestal o de caja
100
0


6. GARANTÍAS EXIGIBLES

De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 679 de 1.994, y en concordancia con el artículo 7 del Decreto 4828, modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 2493 de 2009 se deberán incluir dentro de la garantía única de cumplimiento únicamente como riesgos amparados aquéllos que correspondan a las obligaciones y prestaciones del respectivo contrato, a través de una póliza de seguros que ampare el siguiente riesgo:



Clase de Riesgos


%

Sobre el Valor

Vigencia

Incumplimiento del Contrato


10

Del contrato
Por el plazo del contrato y cuatro (15) días más



7. IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR

7.1 TIPO DE CONTRATO: Contrato de apoyo a la gestión.

7.2. PLAZO DE EJECUCIÓN: Hasta el 6 de Octubre del 2011, a partir de la fecha de perfeccionamiento, legalización del contrato y cumplimiento de los requisitos de ejecución correspondientes.

7.3 LUGAR DE EJECUCIÓN Y/O ENTREGA: En la ciudad de Tunja, específicamente en el Auditorio de la Facultad de Derecho de la UPTC, previo visto bueno del supervisor del contrato.

7.4 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El valor del contrato se estima en CERO PESOS M/CORRIENTE ($000.000.oo). Rubro Número 213020213– Capacitación de los estudiantes de la Facultad de Derecho.

7.5 FORMA DE PAGO:  
El pago se cancelara 100% a la ejecución del objeto contratado previa suscripción del acta de recibo final.

7.6. SUPERVISIÓN. La Supervisión general del Contrato estará a cargo de la Secretaria de Educación del Municipio de Pacana Dra. Catalina Galeano Suárez o quien haga sus veces con la asesoría del Comandante de estación de Policía de Pacana, quien determinara la necesidad semanal, y se encargarán de vigilar el correcto cumplimiento del objeto del contrato, velará por los intereses del mismo y tendrá las funciones que por la índole y naturaleza del contrato le sean propias.

7.7 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

a) Cumplir con el objeto del contrato estipulado en el presente estudio previo, la propuesta presentada y el contrato que se suscriba.

b) Diseño, planeación, convocatoria, desarrollo y cierre de la capacitación en actualización normativa de la contratación estatal en Colombia el combustible que se requiera, única y exclusivamente con la autorización que para tal fin emita el Supervisor designado del Contrato.

c) Mantener vigentes por el término de ejecución del contrato, las licencias de funcionamiento y autorizaciones del Ministerio de Educación, para prestar el servicio de apoyo a la gestión, con el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para el efecto.

d) Ofrecer y cumplir con los lineamientos y medidas establecidas por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación, para el desarrollo de la capacitación en su calidad de servicio.
.
e) Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte del MUNICIPIO DE PACANÁ, a través de los supervisores designados.

f) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones.

g) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.

h) Mantener reserva sobre la información que legalmente amerite ese trato, que le sea suministrada para el desarrollo o con objeto del contrato.

i) Presentar y mantener vigentes todas las garantías que amparan el contrato, en los términos del mismo.

j) Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al Sistema Nacional de Educación.

k) Acreditar a la legalización del contrato y como requisito previo a los pagos parciales mensuales, el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Sena e ICBF), de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 1 de la Ley 828 de 2003.

l) Hacer las publicaciones que por ley correspondan.

m) Las demás que por ley o contrato le correspondan.

El CONTRATISTA será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Administración o a terceros.

7.8. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE:
a) Ejercer el control correspondiente a la ejecución del contrato, a través de los Supervisores designados para el efecto.

b) Cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.

c) Pagar el valor del contrato, en la forma establecida el mismo.

d) Suministrar oportunamente la información requerida por el Contratante para la correcta ejecución del contrato.

e) Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato, teniendo en cuenta además, el estudio previo y la propuesta presentada por el Contratista, los hacen parte integral del Contrato.

8. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCION.

Los fundamentos jurídicos que sustentan la modalidad de selección son:

- La Ley 80 de 1993, Articulo 30 (respecto a la estructura del procedimiento de la Licitación).

- Artículo 32 de la Ley 80 de 1993 (de los Contratos Estatales), que establece: “Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto (…)”.Del citado artículo define a su vez los Contratos de Apoyo a la Gestión:  (…)”.

- El Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 establece las MODALIDADES DE SELECCIÓN para la escogencia de Contratistas, consagrando en su Numeral 1º. La LICITACIÓN PÚBLICA, reglamentada a su vez mediante el Decreto 2474 de 2008, Artículos 14 y 15.

De conformidad con lo establecido en las disposiciones anteriormente mencionadas y teniendo en cuenta que el valor del objeto a contratar se estima en ($000.000 PESOS M/CTE.---àPOR SE UN EJERCICIO PEDAGÓGICO SE ESTÁ HACIENDO POR LICITACION PÚBLICA PERO CORRESPONDE A OTRO TIPO) la selección del contratista corresponde a la modalidad de LICITACIÓN PÚBLICA.

9. JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. (Numeral 5 Artículo 3 del decreto 2474 de 2008)

En concordancia con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y su Decreto Reglamentario 2474 de 2008, la Administración Municipal de Tunja para el proceso de selección que permita identificar la oferta más favorable, dentro del proceso de contratación para el suministro de combustible, señala como factores de selección los siguientes: Requisitos habilitantes:

·         Los aspectos Jurídicos, Financieros, Técnicos y las Condiciones de Experiencia de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje.

·         Oferta más favorable: La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores de orden técnico, organizacional de escogencia y económico; y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en el pliego de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.

9.1 REQUISITOS MINIMOS REQUERIDOS:

9.1.1 CAPACIDAD JURIDICA: Con el fin de verificar la capacidad jurídica del oferente, éste deberá incluir en su propuesta los documentos que se relacionan a continuación, y la omisión de aquellos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación, de conformidad con la Ley 80 de 1993 , Ley 1150 de 2008 y Decretos Reglamentarios.

a) CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: Debe presentarse debidamente suscrita por la persona natural. Si se trata de persona jurídica, debe ser suscrita por su Representante Legal. Si se trata de Consorcios o Uniones Temporales, debe ser suscrita por el Representante Legal de Consorcio o de la Unión Temporal.

Cuando se actúe por medio de Apoderado, éste debe estar expresamente facultado para presentar la oferta. En este caso, se debe presentar el poder legalmente conferido y con expresas facultades para el efecto.

b) CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL: Si la oferta es presentada por PERSONA NATURAL, ésta debe presentar el Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con antelación no menor a un (1) año al cierre del proceso y en donde conste la determinación de su actividad. Este certificado debe haber sido expedido con menos de noventa (90) días calendarios, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.

Con excepción a las personas que ejercen prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales de conformidad con el núm. 5 del Art. 23 del Código de Comercio.

c) CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL: Si la propuesta es presentada por una PERSONA JURÍDICA, se debe acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del original o fotocopia del Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social, con fecha de expedición no superior a noventa (90) días calendario, anteriores a la fecha del cierre de la presente convocatoria. Se debe adjuntar copia del documento de identidad el Representante Legal. Con el Certificado correspondiente, se verificará la siguiente información:

ü  La persona jurídica debe acreditar con el Certificado correspondiente, haber sido constituida legalmente como tal, con una antelación no menor de un (1) año a la fecha de cierre del presente proceso y un término mínimo de duración de la sociedad de un (1) año, contado a partir del vencimiento de la vigencia del contrato.

ü  De igual manera, debe acreditar la suficiencia de la capacidad del Representante Legal para la presentación de la Propuesta y para la suscripción del Contrato Ofrecido. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente Copia del Acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al Representante Legal para la presentación de la Propuesta, la suscripción del contrato, y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.

ü  El objeto Social de la sociedad debe corresponder específicamente con el Objeto de la presente contratación, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.

ü  En el evento que se trate de personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero, además del cumplimiento de las anteriores exigencias, deberá acreditar su existencia y representación legal, adjuntando para ello un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido con (30) días calendario de anticipación a la fecha de la presentación de la Propuesta, en el que conste su existencia, objeto y vigencia, y el nombre del Representante Legal de la Sociedad o de la Persona o Personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, y en el cual se señale expresamente que el Representante no tiene limitaciones para presentar la propuesta, suscribir el contrato y comprometer a la sociedad a través de su propuesta. En defecto de dicho documento, el Proponente deberá presentar la certificación del Registro Único de Proponentes, de conformidad con el artículo 22.4 de la ley 80 de 1.993. En todos los casos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito de que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, y las demás normas vigentes.

ü  Si se trata de sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia de países parte de la Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, se tendrán en cuenta las siguientes reglas: El documento público relacionado con sociedades extranjeras en el cual se certifique la existencia de la sociedad y el ejercicio de su objeto social, tendrá validez en Colombia con la sola Apostilla. Cuando el documento otorgado en el exterior deba ser autenticado, el interesado deberá velar porque la autoridad que autentica, certifique sobre la existencia de la sociedad y sobre la extensión del objeto social, documento éste que se deberá apostillar. En el evento en el cual, en un Estado Parte de la Convención, la autoridad ante quien se autentican los documentos no tenga la facultad de certificar sobre la existencia de la sociedad y sobre el ejercicio del objeto social de la misma, el interesado podrá solicitar dichas certificaciones ante la autoridad competente del lugar. Para que surtan efectos en Colombia, estas certificaciones deberán a su vez ser apostilladas por la autoridad del Estado donde emana el documento. Si no existiera una autoridad local que pueda expedir las certificaciones de existencia de la sociedad y del ejercicio del objeto social de acuerdo con las leyes del respectivo país, el interesado podrá acudir ante el Cónsul Colombiano quien podrá certificar que tuvo a la vista las pruebas de la existencia de la sociedad y del ejercicio de su objeto conforme a las leyes del respectivo país. En este caso, como la Convención no se aplica a los documentos ejecutados directamente por agentes diplomáticos o consulares, deberá seguir el trámite ordinario de legalización, o sea que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia abonará la firma del Cónsul.

d) SI SE TRATA DE UN CONSORCIO O UNA UNIÓN TEMPORAL

Cada una de las personas jurídicas que los integren deberá presentar su certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de las propuestas. Adicionalmente, deberá adjuntarse el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal, en el cual deberá indicarse al menos:

i. El objeto del consorcio o unión temporal, el cual deberá ser el mismo del objeto a contratar.
ii. Si la participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y las reglas básicas que regulan las relaciones entre sus integrantes.
iii. El porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el mismo.
iv. Si se trata de una Unión Temporal deberán indicarse, además, los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato; de lo contrario LA ENTIDAD considerará que la propuesta fue presentada por un Consorcio.
v. La duración del Consorcio o de la Unión Temporal, contada a partir de la fecha de cierre del proceso de contratación, no debe ser inferior al plazo de vigencia del contrato y un año más. Lo anterior, sin perjuicio de que con posterioridad, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal estén llamados a responder por hechos u omisiones ocurridos durante la ejecución y liquidación del Contrato.
vi. La designación de la persona que tendrá la representación legal del Consorcio o de la Unión Temporal, indicando expresamente sus facultades. Igualmente, deberá designarse un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
Celebrado el contrato no podrá haber cesión del mismo entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal ni a terceros, salvo que la Alcaldía Mayor de Tunja sí lo autorice.

e) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES: Los proponentes deberán disponer de la Certificación del Ministerio de Educación sobre cumplimiento de requisitos para dar la capacitación, vigente. En el caso de consorcios, cada uno de sus integrantes deberá acreditar los anteriores requisitos. Para el caso de las uniones temporales cada uno de los integrantes deberá acreditar los anteriores requisitos, en función de las actividades objeto de su participación en la ejecución del contrato, conforme al documento de constitución de la Unión Temporal.

Estos documentos pueden presentarse en original o fotocopia legible y deben estar vigentes a la fecha de presentación de la propuesta y por el término de duración del contrato que llegare a suscribirse.

g) El proponente anexará la EVALUACIÓN OBTENIDA EN EL PERFIL GENERAL DE CALIDAD O LA CERTIFICACIÓN DE CALIDAD EXPEDIDA POR LA ENTIDAD O AUTORIDAD RESPECTIVA. El futuro contratista deberá mantener la referencia del certificado durante el plazo establecido para el contrato.

h) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES. EL PROPONENTE con su propuesta debe presentar copia del Certificado de Antecedentes Fiscales expedido por la Contraloría General de la República, de conformidad a lo establecido en la Ley 610 de 2000; el cual debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de las propuestas.

En caso de ser persona jurídica, se presentará el certificado de ésta como el de su Representante Legal. En el caso de propuestas conjuntas, se presentará el certificado de cada uno de los integrantes de la unión temporal o el consorcio, según corresponda.

i) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. EL PROPONENTE con su propuesta debe presentar copia del Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación; el cual debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de las propuestas. En caso de ser persona jurídica, se presentará el certificado de su Representante Legal.

En el caso de propuestas conjuntas, se presentará el certificado de cada uno de los integrantes de la unión temporal o el consorcio, según corresponda.

j) REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO DE LA DIAN (RUT). EL PROPONENTE deberá presentar copia de este documento, en el cual se señale la actividad. En el caso de las Uniones Temporales o consorcios, todos los integrantes deberán cumplir con este requisito, presentando fotocopia de estos documentos.

k) CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP). Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.

Para tal efecto, deben presentar original o fotocopia del certificado, con inscripción vigente a la fecha de cierre de la convocatoria, donde conste el “K” de contratación y la inscripción de la actividad, especialidad y grupos exigidos para participar, con una capacidad de contratación de mínimo 1.700 Salarios mínimos legales mensuales vigentes. De conformidad con el Decreto 1464 de 2010, el proponente deberá encontrarse inscrito y clasificado en la actividad, especialidad y grupo del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, que se indican a continuación:

ACTIVIDAD: 3- PROVEEDORES. ESPECIALIDAD: 05- Servicios de Educación y Capacitación. GRUPO: CONTRATACION ESTATAL. En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, este requisito se cumplirá cuando al menos uno de los integrantes acredite estar inscrito, clasificado y calificado en la actividad, especialidad y grupo exigidos en este proceso de selección.

En todo caso la certificación de inscripción en el RUP no debe tener más de 30 días de expedición.

l) PAGO DE APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES. De conformidad con lo consagrado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente debe allegar con su propuesta certificación que expida el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal, respecto al cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social en salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje de sus empleados.

La certificación debe acreditar el pago de dichos aportes con seis (6) meses de anticipación a la fecha de cierre de la contratación. En el evento que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de constitución. En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe allegar este documento. Las personas naturales lo harán de conformidad con lo establecido en el Artículo 9 de la ley 828 de 2003. La información presentada en desarrollo del presente numeral, se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad. La Alcaldía verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta y a la fecha de la suscripción del contrato, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes.

m) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. El proponente deberá presentar con la propuesta la garantía de seriedad de la misma, a favor del Municipio de Tunja, equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial estimado para el presente proceso de contratación, con una vigencia de TREINTA (30) días contados a partir del cierre de la presente convocatoria.

Si EL PROPONENTE es una persona jurídica, la póliza o garantía debe tomarse de conformidad con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio respectiva. Si EL PROPONENTE es un Consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá tomarse a nombre del Consorcio o Unión Temporal, indicándose para tal caso, el nombre de todos y cada uno de sus integrantes. Tanto la garantía como la constancia de pago de la prima, se deben presentar con la propuesta.

En el evento que se genere una prórroga en los plazos inicialmente establecidos para la realización del proceso de contratación, la garantía de seriedad de la propuesta deberá prorrogarse de conformidad con las reglas anteriormente señaladas.

n) CERTIFICADO JUDICIAL DEL DAS. El proponente debe presentar el certificado judicial del DAS vigente a la fecha del cierre del presente proceso de selección. Si es persona jurídica se allegara el de su Representante Legal. Si se trata de Consorcios o Uniones Temporales, se deberá allegar copia del certificado de todos los integrantes.

o) PAZ Y SALVO MUNICIPAL EXPEDIDO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA MUNICIPAL, el PROPONENTE deberá presentar copia de este documento, el cual debe estar vigente a la fecha de presentación de la propuesta. Si se trata de Consorcios o Uniones Temporales, se deberá allegar copia del paz y salvo de todos los integrantes.

9.2. ORGANIZACIÓN Y CAPACIDAD ADMINISTRATIVA

ü  El proponente deberá adjuntar el organigrama de la empresa oferente, actualizado y especificando el número de cargos y de empleados.

ü  El Proponente deberá garantizar mediante la presentación de la Certificación correspondiente, si cuenta con los avales académicos para cumplir con sus obligaciones

ü  El proponente debe garantizar mediante Certificación, que desarrollará toda la capacitación, y que cuenta con el personal suficiente para atender las solicitudes de la Administración Municipal.

9.3 OFERTA TÉCNICA. Los proponentes deben presentar dentro de su propuesta, la oferta técnica de la Capacitación a realizar, de conformidad a los requerimientos de la Administración Municipal dentro del presente Estudio.

9.4 REQUISITOS PERSONALES

ü  El proponente debe contar con una experiencia mínima relacionada directamente con el objeto del presente proceso de selección, que se debe acreditar mediante la presentación de Certificado de Estudiante Actual, regular y vigente de la Facultad de Derecho en cualquier Universidad.
ü  El proponente debe contar con la aprobación académica mínima de sexto semestre de Derecho.
ü  El proponente, a efectos del desarrollo de la Capacitación y con miras a una buena presentación debe certificar el buen aspecto personal el día de la capacitación.
ü  El proponente debe contar con una carta de recomendación por parte de cualquier docente a fin de determinar su competencia sobre el tema.
ü  El proponente debe contar con toda la información relacionada sobre actualización normativa de la contratación estatal en Colombia y hacerla presente dentro de su propuesta.

En caso de no cumplir con los anteriores requisitos se calificará como “NO HABIL”.

9.5 CAPACIDAD FINANCIERA: La verificación de la Capacidad Financiera, se efectuará a partir del Registro Único de Proponentes RUP y ante la Cámara de Comercio, con corte a 15 de Septiembre de 2011.

Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana.




9.6 FACTORES DE EVALUACIÓN

EL MUNICIPIO, previa verificación del cumplimiento de los anteriores requisitos habilitantes, efectuará la ponderación o calificación de los siguientes aspectos y adjudicará el proceso de selección en forma total, a la persona natural o jurídica o consorcios y uniones temporales que cumpliendo con las especificaciones técnicas obtenga el mayor puntaje. Solamente serán evaluadas o ponderadas las propuestas que resulten HABILES en los requisitos mínimos de participación. Dentro del análisis de las ofertas se tendrán en cuenta los siguientes factores de evaluación y puntajes:

9.6.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE ORDEN ECONÓMICO. PUNTAJE MÁXIMO: 50 PUNTOS Se repartirá el puntaje de la siguiente manera:

La propuesta más económica recibirá el puntaje máximo: 50 puntos, las demás propuestas recibirán un puntaje decreciente equivalente a 5 puntos menos que la
anterior, a medida que su valor se vaya haciendo mayor.

9.6.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE ORDEN TÉCNICO.
PUNTAJE MÁXIMO: 50 PUNTOS El criterio de evaluación técnica será el siguiente y otorgará los puntos que se indican a continuación:

a) Algún tipo de acreditación sobre el tema de cualquier entidad pública o privada que haya sido finalizado o que esté cursando. Con un puntaje máximo de 20 puntos.

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